El sistema tributario en el Perú y su aporte a la formalización laboral

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¿Es importante el pago de los tributos? ¿De qué manera el cumplimiento tributario contribuye a la formalización? A menudo aparecen estas interrogantes que muchas veces generan opiniones distintas, pues en un país con escasa cultura tributaria predomina la informalidad y, con ello, el perjuicio en la recaudación fiscal que implica no poder satisfacer las necesidades de salud, alimentación y transporte.

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En nuestro país el sistema tributario está compuesto principalmente por los tributos que generan los impuestos, contribuciones y tasas que el Estado destina a la construcción de hospitales, colegios, carreteras, entre otros, a fin de promover el bienestar común de los ciudadanos.

Son claros ejemplos de impuestos, el pago del Impuesto General a las Ventas y el Impuesto a la Renta, dentro de las contribuciones podemos señalar el pago por concepto de Senati y Sencico y; respecto de las tasas, éstas a su vez se clasifican en arbitrios (alumbrado público), derechos (partida de nacimiento) y licencias (autorización formal para la apertura de un negocio).

El pago oportuno de los tributos, por parte de las personas naturales y las empresas, contribuye a la formalización y recaudación, pues el solo hecho de exigir el otorgamiento de una boleta de venta o factura ya genera que el vendedor deba cumplir con la presentación de una declaración tributaria a la Sunat informando el ingreso obtenido, y que el comprador declara el gasto efectuado.

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Asimismo, cuando un contador o abogado es contratado para brindar una asesoría en una empresa comercial, industrial o de servicios, debe emitir un recibo por honorarios electrónico, con ello los profesionales declaran a la Sunat la percepción de rentas por el trabajo independiente y las empresas pueden reconocer el gasto en sus libros y registros contables.

Con el objetivo de combatir la informalidad de las personas y empresas, se ha promulgado el Decreto Legislativo 1527 a fin de prevenir el incremento patrimonial no justificado que regirá desde el 2023 y el Decreto Legislativo 1529 que señaló nuevas reglas para el uso de medios de pago bancarios, disponiendo que se deben bancarizar operaciones a partir de S/ 2,000 o US$ 500, caso contrario, no podrán deducir gasto, costo, crédito fiscal ni podrán justificar incrementos patrimoniales.

Se espera que las nuevas medidas tributarias contribuyan a reducir los altos índices de evasión fiscal y, junto a una política de generación de cultura tributaria a nivel primaria, secundaria y superior, se logré promover la conciencia tributaria en favor de los objetivos sociales.

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Autor: Omar Rodolfo Guerreros Arcos
Doctor en Contabilidad, Maestro en Auditoría Integral y Contador Público de la Universidad Nacional Federico Villarreal. Abogado por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Especialización en Peritaje Contable. Diplomados en Tributación, Normas Internacionales de Información Financiera y Derecho Corporativo. Experiencia profesional en la SUNAT, TRIBUNAL FISCAL y PROMPERÚ.

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