Criptomonedas: ¿Revolución tecnológica o estafa financiera?

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Cada día es más común en nuestra sociedad hablar sobre la inversión a través de criptomonedas. Las lucrativas ganancias hacen el campo muy atractivo, sin tener en consideración los altos riesgos que ello acarrea. Sin embargo, lo que es innegable, es que constituye un importante avance tecnológico que obligará a modernizar nuestra legislación sobre dinero electrónico y transacciones financieras electrónicas.

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Origen y definición de las criptomonedas

Ya en la década de los ochenta se tuvieron las primeras ideas sobre el blockchain y las criptomonedas, pero es a partir del año 2009 que esto se hace realidad con la puesta en funcionamiento del bitcoin, creada por Satoshi Nakamoto y que, a la fecha es la que mantiene un mayor valor en el mercado, cotizándose la unidad en más de 77 mil soles (19 mil dólares aproximadamente), pese a la variabilidad de su valor durante la pandemia. 

En el 2015 apareció Ethereum, y a partir de entonces los tipos de criptomonedas han ido en incremento, existiendo más de ocho mil variedades a la fecha. Entre ellas se cuentan la casi desconocida Perú Coin y la recientemente anunciada Mercado Coin, una criptomoneda creada para ser usada en el conocido sitio web de compraventa de productos Mercado Libre.

Debemos entender que una criptomoneda, no es técnicamente dinero, ya que no tiene ningún respaldo bancario, pero sí tiene un valor monetario (activo digital) que da lugar a que sea llamada comúnmente moneda virtual, cuyo funcionamiento está basado en la criptografía y el uso de blockchain. Es decir un sistema descentralizado que hace sus transacciones muy seguras, pues de manera semejante al Internet, puede desaparecer un servidor pero igual seguirá funcionando, ya que se trata de un registro contable automatizado y compartido. 

Al margen del aspecto tecnológico, su crecimiento se debe a su versatilidad y fácil uso, que no requiere de transacciones con ninguna institución bancaria o financiera, constituyéndose como un medio rápido de pago sin cargos o costos de transacción o como instrumento de inversión. (Cabrera & Sangay, 2021) 

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Criptomonedas y delitos

Como no todo puede ser perfecto en el mundo digital de las criptomonedas, los ciberdelincuentes han visto en su creación un nuevo ámbito para realizar actividades delictivas, las cuales se ven favorecidas por tres características básicas de este sistema: el anonimato en las transacciones, la gran dificultad de que puedan ser objeto de un rastreo informático convencional y la insuficiente o inexistente regulación normativa de las criptomonedas. (Prado, 2019).

Los delitos de lavado de activos, evasión o defraudación fiscal y financiamiento del terrorismo a través de las criptomonedas, como dice López (2019), dan lugar a que exista a nivel internacional, un interés porque las mismas sean reguladas normativamente. Sin embargo, una nueva modalidad delictiva está en crecimiento, fundada en la volatilidad del precio de las criptomonedas como el bitcoin, que la hacen ideal como medio de inversión, apelando a la codicia humana por obtener altos ingresos en corto plazo. 

Como bien afirman Fonseca & Tacuma (2018), estas estafas dan lugar a que el bitcoin y otras criptomonedas hayan adquirido mala fama, pues son utilizadas en esquemas piramidales, ocultos bajo las fachadas de casas de cambio, en las que uno obtiene ingresos por lo que invierte y por lograr que otras personas también inviertan. 

Estas casas ofrecen venta de criptomonedas sin ningún tipo de seguridad, prometiendo triplicar el valor de su dinero en cortos periodos de seis meses o incluso menos, constituyéndose en negocios de alto riesgo, por la misma volatilidad de las criptomonedas, que así como  suben, también pueden bajar fácilmente de valor, dando lugar a estafas por el engaño de ingresos seguros y de elevadas cantidades, según el monto de inversión y la cantidad de afiliados que logre una persona.

Dinero del futuro criptomonedas

Las características de las criptomonedas tales como su descentralización, su valor internacional (aunque sea volátil), el anonimato en las transacciones, su transparencia por estar registradas en un libro contable con tecnología blockchain, su rapidez y bajo costo, y la ausencia de intermediarios, dan lugar como nos dicen Palacios & Vargas (2020) a que tengan un enorme potencial por desarrollar, lo que está animando a que las instituciones y estados, poco a poco la vayan implementando y sean catalogadas por muchos, como una “nueva era del dinero” (Fonseca & Tacuma, 2018).

Estamos viviendo en una sociedad de la información con una acelerada transformación digital, que bien podemos calificar como revolución tecnológica, en la que usar las criptomonedas como un nuevo medio de pago y forma de inversión se irán imponiendo en las diferentes naciones. Sin embargo, hay que dotarlas de seguridad jurídica para minimizar los riesgos que surgen de sus desventajas, como la falta de respaldo financiero, la alta volatilidad en sus precios, él anonimato de las personas y sus usos delictivos, dando reglas que sin afectar sus virtudes, generen mayor confianza para su utilización en la población y empresas.

Pese a que el Perú se encuentra entre los cinco países latinoamericanos con un mayor uso de criptomonedas, el cual aún continúa en expansión, la regulación como refiere Caballero (2021), es del todo desigual, y nuestro país aún se encuentra entre los que no han legislado de ninguna manera el uso de las criptomonedas (Fonseca & Tacuma, 2018).  

A manera de conclusión, no podemos cerrar los ojos ante los avances tecnológicos, los cuales se irán incorporando en nuestras vidas como parte de la revolución digital que estamos viviendo. Si bien es cierto que contamos con la Ley N°29985 (2013) que regula el dinero electrónico, la misma requiere modernizarse a fin de incorporar nuevas tecnologías que se usan en la actualidad como medios de pago, regulando el proceso de adquisición y circulación de las criptomonedas y otras transferencias electrónicas, que sirvan para minimizar su uso delictivo y estafas mediante ilícitos esquemas piramidales. 

Referencias bibliográficas 
  • Caballero, L. (2021). Criptoactivos. Retos y desafíos normativos. Revista de Derecho de la Universidad Nacional del Altiplano – UNAP, 6(1) 175-179. https://doi.org/10.47712/rd.2021.v6i1.124
  • Cabrera, N. & Sangay, F. (2021). Factores de riesgo para los usuarios ante la falta de regulación de las criptomonedas en el Perú. [Tesis de Licenciatura, UPAGU] Repositorio de la Universidad Privada Antenor Guillermo Urrelo. http://repositorio.upagu.edu.pe/handle/UPAGU/1687 
  • Fonseca, R. & Tacuma J. (2018). El impacto de las Criptomonedas en el Perú. Fundación Universitaria de la Cámara de Comercio de Bogotá, 1-25. https://bibliotecadigital.ccb.org.co/handle/11520/26876 
  • López, L. (2019). Bitcoin: ¿Tenerla o ignorarla? Una aproximación hacia el tratamiento tributario peruano de la criptomoneda más famosa del mundo. Revista Ius Et Veritas de la Pontificia Universidad Católica del Perú, (58), 140-153. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201901.008  
  • Palacios, S., & Vargas, D. F. (2020). Las criptomonedas y su uso como alternativa para generar ingresos económicos en Perú. [Tesis de Licenciatura, UPEU] Repositorio de Tesis de la Universidad Peruana Unión. http://hdl.handle.net/20.500.12840/4035 
  • Prado Saldarriaga, V. (2019). Lavado de activos mediante criptomonedas en el Perú: problemas y alternativas. Revista Lex de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas, 17(24) 161-178
    https://dx.doi.org/10.21503/lex.v17i24.1815
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Fernando Martín Robles Sotomayor

Doctor en Derecho, Magister en Educación Superior, Abogado y Licenciado en Educación de la PUCP, investigador en temas de Derecho Informático y nuevas tecnologías, con especialización en gobierno digital, protección de datos personales, delitos informáticos y comercio electrónico; docente virtual en cursos de derecho penal y otros de la Universidad Continental.

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El derecho cumple la misión de regular las conductas, garantizar la seguridad, establecer la paz y luchar por la justicia. Estudia Derecho en la Universidad Continental y estudia, interpreta y aplica las normas jurídicas que regulan la sociedad en forma analítica y creativa para contribuir en la solución de todo tipo de conflictos.

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